Clínica Arequipa
Clínica de atención especializada
Esquina Puente Grau Con Av. Bolognesi S/N , Arequipa, Arequipa, Arequipa.
Datos generales
- Razón Social:
- Clínica Arequipa S.A.
- Director Médico:
- Percy Pedro Bellido Benavente
- Propietario:
- Clínica Arequipa S.A.
- Grupo inversionista:
- Ninguno
- Licencia municipal:
- Sí
- Fecha de inicio de actividades:
- 24 de Junio de 1972
- Tipo de atención:
- Establecimiento con internamiento
- Horario:
- 24 horas
Especialidades
- Anestesiología
- Cardiología
- Cirugía de cabeza y cuello
- Cirugía de mano
- Cirugía general
- Cirugía general y oncológica
- Cirugía neumológica
- Cirugía pediátrica
- Cirugía plástica y reparadora
- Cirugía torácica y cardiovascular
- Dermatología
- Endocrinología
- Epidemiología
- Gastroenterología
- Ginecología oncológica
- Ginecología y obstetricia
- Hematología
- Infectología Pediátrica
- Laboratorio clínico
- Laboratorio clínico y anatomía patológica
- Medicina física y rehabilitación
- Medicina general integral
- Medicina general y oncológica
- Medicina intensiva
- Medicina interna
- Nefrología
- Neonatología
- Neumología
- Neurocirugía
- Neurología
- Nutrición
- Oftalmología
- Oncología médica
- Oncología quirúrgica
- Ortopedia y traumatología
- Otorrinolaringología
- Patología clínica
- Patología oncológica
- Patología y laboratorio clínico
- Pediatría
- Psiquiatría
- Radiodiagnóstico
- Radiología
- Radioterapia
- Reumatología
- Terapia física y rehabilitación
- Urología
- Urología general y oncológica
Leyendas:
Procesos civiles: Demandas de indennización y acciones de amparo presentadas en el Poder Judicial contra clínicas, empresas administradoras de fondos de salud y médicos.
Sanciones - Indecopi: Multas y amonestaciones impuestas por el Indecopi debido a infracciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor, que van desde deficiencias administrativas hasta malas prácticas médicas.
Nivel de riesgo operacional: Resultado de la supervisión realizada por la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) a los establecimientos de salud que mide su grado de incumplimiento de las normas de atención a los pacientes (condiciones y equipamiento de los servicios de emergencia, unidad de Cuidados Intensivos, farmacia, etc). La evaluación se realizó entre los años 2013 y 2014.
- Demandante: Manuel Eduardo Delgado Zegarra Ballon Demandado: Clínica Arequipa S.A., José Luis Yucra Quispe, Max Marco Delfín Rivera Dueñas, Ramiro Bustamante Zegarra Materia: Acción de amparo Fecha de la demanda: 20 de Diciembre de 2012 Número de resolución: 23526-2012-0-1801-JR-CI-30 Instancia: 2° Juzgado Constitucional Estado: En trámite
- Denunciante: Ursula Mónica Meza Gonzales Denunciado: Clínica Arequipa S.A. Sumilla: La Comisión de la Oficina Regional de Arequipa confirmó la sanción contra la Clínica Arequipa por no cumplir con las medidas correctivas impuestas en una resolución tras haberle ocasionado a Úrsula Meza quemaduras en su pierna izquierda en una intervención quirúrgica. Fecha de la demanda: 16 de Octubre de 2014 Monto de multa: S/. 11.400,0 Resolución: 533-2014/CPC-INDECOPI-AQP
- Denunciante: Luis Antonio Urday Gonzales Denunciado: Clínica Arequipa S.A. Sumilla: La Sala Especializada en Protección al Consumidor confirmó la sanción impuesta a la Clínica Arequipa por brindar un inadecuado servicio de emergencia a Luis Urday y por no informarle sobre los posibles riesgos de realizarle una radiografía de doble contraste. Dejó sin efecto la sanción por falta de idoneidad en el servicio de la radiografía pues él sabía que el médico que lo trató era especialista en la materia. Fecha de la demanda: 24 de Abril de 2014 Monto de multa: S/. 38.000,0 Resolución: 1419-2014/SPC
- Denunciante: Úrsula Mónica Meza Gonzales Denunciado: Clínica Arequipa S.A. Sumilla: La Sala Especializada en Protección al Consumidor confirmó la sanción contra la Clínica Arequipa por haber ocasionado quemaduras en la pierna de Úrsula Meza durante una intervención quirúrgica, por haberse negado a continuar su atención médica y por no haber respondido sus solicitudes de reclamos del 20 y 30 de abril de 2012. Fecha de la demanda: 30 de Enero de 2014 Monto de multa: S/. 19.000,0 Resolución: 346-2014/SPC
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